El Ingreso Mínimo Vital llega ya a 1,7 millones de personas en nuestro país. Casi tres años después de su puesta en marcha, esta renta garantizada ha ido sufriendo cambios a lo largo de todo este tiempo destinados a mejorar la cobertura que se da a la personas que la perciben, en situación vulnerable y a menudo pertenecientes a hogares con menores de edad.
Uno de los problemas que surgió al lanzar el Ingreso Mínimo Vital fue la denominada ‘trampa de la pobreza’, el fenómeno que se da cuando una persona que percibe una prestación social renuncia a buscar trabajo por miedo a perder el dinero garantizado de dicha prestación.
En el Ingreso Mínimo Vital funcionaba de la siguiente forma: al existir límites de renta que ejercían a la vez de tope para el acceso a la renta garantizada y de cantidad máxima que se podía compatibilizar con un sueldo, se desincentivaba la búsqueda de trabajo y un sueldo mucho más inestable, dado que muchos beneficiarios preferían una cantidad fija y asegurada frente a salarios ligeramente superiores que les privaban de cobrar el Ingreso Mínimo Vital y que, en caso de pérdida, le obligaban a repetir todos los trámites.
Por eso el Gobierno aprobó la modificación de la compatibilidad de sueldos, pensiones o prestaciones con el Ingreso Mínimo Vital. Así, con la llegada de 2023 se mejoraron esas compatibilidades y se ampliaron las cantidades que se podían percibir a la vez que esta renta garantizada.
La medida se ha llevado a cabo mediante determinadas exenciones a las cantidades que se perciben en concepto de salario y que, por lo tanto, no se tienen en cuenta en los topes de renta que se permiten a cada unidad de convivencia. Estas exenciones hacen que se puedan cobrar mayores cantidades mensuales sumando el salario y el IMV, y dependen tanto de la cuantía del salario como de la unidad de convivencia de la que se forme parte.
Cuánto Ingreso Mínimo Vital cobras a la vez que un salario
Si el salario que se consigue con un nuevo trabajo supone como máximo el 60% de la renta garantizada para unidad de convivencia de la persona que perciba el IMV podrá cobrar de forma íntegra tanto su salario como el IMV que ya venía percibiendo antes, ya que la exención es del 100% del sueldo.
Esto hace que, por ejemplo, una persona que percibe un Ingreso Mínimo Vital de 900 euros y consigue un empleo de 500 euros mensuales podrá cobrar todo: 1.400 euros. Con el anterior procedimiento cobraría 900 euros: 500 de salario y 400 de Ingreso Mínimo Vital.
Si el sueldo que se pasa a cobrar con un nuevo empleo es de entre el 60% y el 100% de la renta garantizada de la unidad de convivencia habrá que atender a las características de dicha unidad de convivencia:
-La exención es del 30% en aquellas unidades de convivencia que sean unipersonales o se compongan de forma exclusiva por personas mayores de edad.
-La exención es del 35% las unidades de convivencia de las que formen parte menores de edad.
-La exención es del 40% en las unidades de convivencia monomarentales o monoparentales.
Las exenciones para cada grupo de unidades de convivencia serán un 10% menor en el caso de que se experimenten incrementos en el salario de un trabajo que ya se tenía con anterioridad.
Esto es lo que cobras con el Ingreso Mínimo Vital en 2023
Todas las cantidades exentas se podrán sumar a las cuantías del Ingreso Mínimo Vital, que dependen de la composición de la unidad de convivencia. En 2023 esas cuantías son las siguientes:
-Unidades de convivencia de un adulto: 565,37 euros mensuales.
-Unidades de convivencia de un adulto y un menor: 734,99 euros mensuales.
-Unidades de convivencia de un adulto y dos menores: 904,60 euros mensuales.
-Unidades de convivencia de un adulto y tres menores: 1.074,21 euros mensuales.
-Unidades de convivencia de un adulto y más de tres menores: 1.243,83 euros mensuales.
-Unidades de convivencia de dos adultos: 734,99 euros mensuales.
-Unidades de convivencia de dos adultos y un menor: 904,60 euros mensuales.
-Unidades de convivencia de dos adultos y dos menores: 1.074,21 euros mensuales.
-Unidades de convivencia de dos adultos y más de dos menores: 1.243,83 euros mensuales.
-Unidades de convivencia de tres adultos: 904,60 euros mensuales.
-Unidades de convivencia de tres adultos y un menor: 1.074,21 euros mensuales.
-Unidades de convivencia de tres adultos y más de un menor: 1.243,83 euros mensuales.
-Unidades de convivencia de cuatro adultos: 1.074,21 euros mensuales.
-Unidades de convivencia de cuatro adultos y un menor: 1.243,83 euros mensuales.
-Resto de unidades de convivencia: 1.243,83 euros mensuales.
Las unidades de convivencia que tengan menores de edad tendrán, además, derecho a cobrar el complemento de ayuda a la infancia, que otorga cantidades mensuales extra por cada menor y que dependen de la edad de los menores:
-Menores de tres años: 115 euros mensuales por hijo.
-Entre 3 y 5 años: 80,50 euros mensuales por hijo.
-Entre 6 y 17 años: 57,50 euros mensuales por hijo.