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sábado, julio 27, 2024

Europa obligará a elevar los costes del despido a las empresas españolas

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La indemnización por despido improcedente resultará más cara para el empresario y será fijada por el Gobierno una vez que el Comité Europeo de Derechos Sociales (ECSR) de Consejo de Europa resuelva las demandas planteadas por CCOO y UGT al respecto.

Así se ha anunciado en la jornada Retos Laborales del nuevo curso académico, organizada por CEOE y Labormatters Abogados, por lo que la indemnización por despido dejará de estar tasada, tal y como regula en la actualidad el Estatuto de los Trabajadores.

El magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Ignacio Moreno González-Aller, ha advertido que «hay que estar preparados. En los tres precedentes en los que ya se ha pronunciado el Comité (Francia, Italia y Finlandia) ha concluido que el tasado de las normativas nacionales, similares a la española, no se ajusta a la Carta Social Europea. En la actualidad hay 24 reclamaciones previas a las planteadas por CCOO y UGT, por lo que como mínimo, la respuesta del Comité llegará a finales de 2024 o primeros de 2025. Como España se ha adherido a la Carta Social deberá cumplir las decisiones del Comité».

Los sindicatos consideran que, para determinar la indemnización por despido, se deben tener en cuenta las circunstancias personales y familiares del despedido al entender que el daño causado por el despido es mayor cuando el trabajador pertenece a colectivos vulnerables, que tienen más difícil encontrar empleo.

El magistrado ha avisado a las empresas que es necesario adelantarse a esta decisión y que cuando llegue ya se hayan establecido normas claras que impidan que los jueces sean quienes decidan las cantidades a pagar sobre una horquilla excesivamente amplia.

Yolanda Cano, ‘of counsell’ de Labormatters, ha comentado que hay que esperar a ver qué pasa en los países en los que ya hay informe del ECSR, que todavía no han abordado cambios en sus legislaciones.

Anuncio de cierre de empresa

Por otra parte, Pedro Alonso, abogado laboralista y socio de Labormatters Abogados, se ha preguntado «¿Qué empresa puede convivir con un anuncio de cierre?». Así, se refería a las dificultades que genera el Real Decreto 608/2023, que establece que las empresas que planeen cerrar y eso implique el despido de 50 o más trabajadores, deben notificarlo con seis meses de antelación.

Planes de igualdad

La también socia de Labormatters, Puy Abril, ha explicado que ya hay sentencias de la Audiencia Nacional que establecen la obligación de entregar el registro salarial, aunque con información individual, «lo que los abogados entendemos que es cuestionable y estamos encontrando vías con los sindicatos para no tener que entregar este tipo de registros«.

Y ha añadido que «todas las empresas de más de 50 empleados han tenido que darse prisa con los planes de igualdad por lo que los sindicatos no han podido responder en plazo, como exige la ley. Sin embargo, también hay fallos que establecen que el que no puedan responder los sindicatos no debe suponer la denegación de inscripción de los planes de igualdad».

El director adjunto de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social territorial de Madrid,  Juan Sebastián Fernández-Simal, ha explicado que se trabaja en el Departamento con una actuación planificada y que hay más de 100 campañas vivas. También ha señalado que ya les han llegado las líneas de actuación para 2024.

Se ha lamentado de la insuficiencia de efectivos a pesar de las nuevas incorporaciones que se han realizado y, máxime ante la proliferación de normas. «En Madrid sólo hay 82 inspectores para más de tres millones de afiliados, con lo que hay un inspector por casi 46.000 afiliados», ha afirmado.

Las actuaciones a realizar corresponden en un 23% a la prevención de riesgos laborales (16.000), un 22,22% a empleo y relaciones laborales (15.372), un 27,71% a Seguridad Social (19.172), un 27,71% a economía irregular y trabajo de extranjeros (19.172). En total suman 69.176 actuaciones previstas para 2023.

Difícil digestión normativa

Finalmente, Alfredo Aspra, abogado laboralista y socio de Labormatters Abogados, ha comentado que «la sofisticación y complejidad normativa obliga a estar muy atentos siendo necesario tener en cuenta, entre otras, cuestiones como son los principales cambios regulatorios sobre las compañías, las campañas de la Inspección y respecto a las indemnizaciones habrá de esperarse a ver que dice Europa y qué interpretación se pudiera hacer en todo caso por los tribunales nacionales. Así, por ejemplo, ni Italia ni Francia ha tenido cambios en la materia pese a las resoluciones del comité social europeo.

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